El marco teológico de los derechos humanos y la justicia social en el islam se tradujo en realidad a través del ejemplo vivido (Sunnah) del Profeta Mahoma. En la tradición islámica, sus acciones no se consideran meras anécdotas históricas, sino precedentes legales y éticos vinculantes.
El trato del Profeta hacia la humanidad se caracterizó por una compasión sistémica que trascendió las jerarquías tribales, religiosas, de género y sociales, desafiando directamente las brutales normas sociopolíticas de la Arabia del siglo VII.
- Protección de No Combatientes y Reglas de Enfrentamiento
Mucho antes de la codificación de las Convenciones de Ginebra modernas, el Profeta Mahoma estableció regulaciones estrictas y legalmente vinculantes que regían la guerra para proteger la vida y la dignidad humanas. Prohibió directamente el ataque a poblaciones vulnerables e infraestructuras.
- La Injunction: En múltiples narraciones recopiladas en Sahih Muslim, al enviar un ejército, el Profeta ordenaba explícitamente: “No matéis a un anciano, a un niño, ni a una mujer. No robéis del botín de guerra… y haced el bien, pues Alá ama a los que hacen el bien.”
- Protección de Infraestructuras: Prohibió la destrucción de huertos, la tala de árboles frutales y el sacrificio de ganado, excepto para el sustento.
- Libertad Religiosa en la Guerra: A los monjes y sacerdotes que adoraban en sus monasterios se les concedió inmunidad absoluta. Se ordenó estrictamente a los comandantes militares que los dejaran a ellos y a sus lugares de culto sin ser molestados (Al-Zuhayli, 2005).
- Inviolabilidad Diplomática y Derechos de las Minorías
El Profeta estableció tratados legales que garantizaban la protección, la libertad religiosa y los derechos civiles de las comunidades no musulmanas que vivían dentro del estado islámico o interactuaban con él.
- El Pacto con los Cristianos de Najran (632 d.C.): Este documento histórico garantizaba la protección de las iglesias, propiedades y vidas cristianas. El Profeta declaró: “Ningún obispo será removido de su obispado, ni ningún monje de su monasterio… y ningún derecho de ellos será alterado.”
- El Estatus de los Diplomáticos: Cuando los enviados de Musaylimah (un rival político hostil) llegaron a Medina y hablaron agresivamente, el Profeta señaló que la ley estándar los protegía, declarando: “Por Alá, si no fuera porque a los embajadores no se les mata, os habría partido el cuello” (Sunan Abi Dawud). Esto estableció el estricto principio de inmunidad diplomática en la ley islámica.
- Inviolabilidad Humana Independientemente del Credo
La compasión del Profeta estaba arraigada en el linaje compartido de la humanidad (Karamah), separado de las elecciones teológicas individuales.
- De pie ante un funeral judío: Un famoso incidente registrado tanto en Sahih al-Bujari como en Sahih Muslim narra que un cortejo fúnebre pasó ante el Profeta, y él se levantó por respeto. Sus compañeros, sorprendidos, comentaron: “¡Oh, Mensajero de Alá, es el funeral de un judío!”. El Profeta respondió con un principio universal fundamental:
“¿No es un alma humana?”
- El Perdón en la Conquista de La Meca (630 d.C.): Después de dos décadas de severa persecución, tortura y exilio forzado infligidos a la primera comunidad musulmana por los Quraysh, el Profeta marchó sobre La Meca al frente de una fuerza militar decisiva. En lugar de buscar represalias o ejecuciones masivas —la práctica habitual de la guerra antigua— concedió una amnistía universal, haciendo eco famoso de las palabras del profeta José a sus hermanos: “No se os reprochará nada hoy. Idos, sois libres” (Sunan al-Kubra).
- Institucionalización de los Derechos de los Vulnerables
El Profeta alteró radicalmente el estatus legal de los grupos marginados, incluidos huérfanos, trabajadores y esclavos, pasando de ser considerados propiedad a individuos con derechos.
- Dignidad del Trabajo: El Profeta elevó el estatus de los trabajadores al considerar su remuneración como un derecho ético inmediato. Instruyó: “Dad al trabajador su salario antes de que se seque su sudor” (Sunan Ibn Majah).
- Abolición del Abuso: Prohibió estrictamente la violencia física contra los trabajadores domésticos y los esclavos. En una ocasión, al ver a un compañero golpeando a un esclavo, el Profeta le advirtió que Dios tenía más poder sobre él que él sobre el esclavo. El compañero liberó inmediatamente al esclavo por remordimiento, a lo que el Profeta respondió que si no lo hubiera hecho, habría enfrentado graves consecuencias espirituales (Sahih Muslim).
- Protección de los Huérfanos: En una sociedad tribal donde las riquezas de los huérfanos eran rutinariamente saqueadas, el Profeta posicionó el cuidado de los huérfanos como una virtud cumbre, afirmando: “Yo y el que cuida de un huérfano estaremos así en el Paraíso”, juntando sus dedos índice y medio (Sahih al-Bujari).
- Compasión Hacia el Reino Animal
El precedente profético amplió el paraguas de la compasión más allá de la humanidad para abarcar la ecología y el bienestar animal, tratando a los animales como seres sintientes con derechos contra la crueldad.
- El Perro Sediento: El Profeta enseñó que la salvación humana podía estar ligada al trato de los animales, compartiendo el relato de un hombre que descendió a un pozo, llenó su zapato de agua y sació la sed de un perro moribundo. El Profeta declaró: “Alá le agradeció y le perdonó sus pecados”. Cuando se le preguntó si había recompensa por servir a los animales, respondió: “Hay recompensa por servir a todo ser viviente” (Sahih al-Bujari).
- Ética Quirúrgica y de Sacrificio: Incluso al quitarle la vida a un animal para alimentarse, el Profeta exigió misericordia, ordenando: “Cuando sacrifiquéis, hacedlo bien. Que cada uno de vosotros afile su cuchilla y dé alivio al animal” (Sahih Muslim). Prohibió estrictamente afilar una cuchilla delante de un animal o sacrificar uno a la vista de otro.
Conclusión
Estos precedentes históricos demuestran que la compasión en la tradición profética no fue un acto ocasional de caridad personal; fue una filosofía estructurada. Al imponer estos comportamientos como obligaciones religiosas y límites legales, el Profeta Muhammad creó un ethos social donde la vida humana, la dignidad y la libertad eran protegidas por el estado y ancladas en la rendición de cuentas divina.
Referencias
- Al-Zuhayli, W. (2005). Islam and International Law. International Review of the Red Cross, 87(858), 269–283.
- Al-Bukhari, M. (d. 870 d.C.). Sahih al-Bukhari.
- Al-Sijistani, Abu Dawud (d. 889 d.C.). Sunan Abi Dawud.
- Ibn Hajjaj, Muslim (d. 875 d.C.). Sahih Muslim.
- Ibn Majah, M. (d. 887 d.C.). Sunan Ibn Majah.


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